Prefectura Naval Argentina
Entran en vigencia las normas de actividades náutico-deportivas

El Jefe de la Prefectura Monte Caseros informa por este medio, a los clubes náuticos, guarderías y propietarios de embarcaciones deportivas que a partir de la fecha entro en vigencia la ORDENANZA Nº 01-2018 (DPSN) "NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL CAPÍTULO 02 DEL RÉGIMEN DE LAS ACTIVIDADES NÁUTICO-DEPORTIVAS DEL TÍTULO 4 DEL RÉGIMEN DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, FLUVIAL Y LACUSTRE - REGINAVE”.
Dicha Ordenanza establece en unos de sus puntos los nuevos elementos de seguridad que deben llevar a bordo las embarcaciones deportivas “ANEXO A” “Material de equipamiento que deben llevar las embarcaciones deportivas a bordo, complemento de lo normado en el Punto 4° de la presente Ordenanza”. Para mayor información de los navegantes deportivos podrán consultar dicha Ordenanza en la Pagina Oficial www.prefecturanaval.gov.ar.
Cabe aclarar que por el momento el ANEXO A de la mencionada Ordenanza no entro en vigencia, motivo por el cual y hasta que la misma entre en vigencia se mantendrá las exigencias establecidas ANEXO “B” a la Ordenanza Marítima Nº 1-73 MATERIAL DE EQUIPAMIENTO DE LAS EMBARCACIONES DEPORTIVAS.
Así mismo se recuerda que las embarcaciones deportivas deberán contar con toda la documentación en original a bordo (Certificado de Matricula, Carnet Habilitante; Autorización de Manejo en caso de corresponder, etc); como así también los elementos de seguridad exigidos en el ANEXO B Ordenanza Marítima Nº 1-73
Por último se recuerda que también se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 3-2011 (DPSN) “CONTROL DE ALCOHOLEMIA A CONDUCTORES DE EMBARCACIONES NÁUTICAS DEPORTIVAS EN JURISDICCIÓN DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA”, debiendo abstenerse de ingesta de bebidas alcohólicas, que pueda poner en riesgo y ocasionar accidentes para así mismo como a terceros.
Viernes, 1 de junio de 2018