Prisión preventiva dictada por reiterancia
El juez ordenó prisión preventiva para M.I.H. por aplicación del nuevo régimen de reiterancia

El juez de Garantías, a pedido de la Fiscalía y con aceptación de la Defensa Oficial, dictó prisión preventiva contra M.I.H. bajo el artículo 232, inciso i del Código Procesal Penal, por reiterancia—un concepto incorporado recientemente como causal para revocar la libertad durante el proceso.
MonteCaserosOnline pudo conocer que, por orden de un juez de Garantías de nuestra ciudad, Dr. Eduardo Alegre, a solicitud de la Fiscalía a cargo del fiscal Ricardo López Ruiz y con el aval de la Defensa Oficial, a cargo de la Dra. Fornaroli, se dictó prisión preventiva contra el ciudadano M.I.H., amparada en el artículo 232, inciso i del Código Procesal Penal (CPP), fundado específicamente en el artículo 224, inciso c —normativa referida a la “reiterancia delictiva”.
La “reiterancia delictiva” es un concepto jurídico recientemente incorporado a nuestro sistema procesal: se refiere a la situación en la que una persona está imputada en dos o más causas penales simultáneas, aun cuando no exista aún una condena firme en ninguna de ellas. Esta figura fue introducida como causal adicional para justificar la prisión preventiva, más allá de los tradicionales riesgos de fuga o entorpecimiento del proceso.
Esta reforma fue sancionada por el Congreso de la Nación a través de la Ley 27.785, publicada el 11 de marzo de 2025. Dicha ley incorporó la reiterancia al Código Procesal Penal Federal (CPPF) y al Código Procesal Penal de la Nación, estableciendo que la existencia de múltiples causas simultáneas en curso puede considerarse como agravante en la valoración del juez al momento de decidir una medida de coerción como la prisión preventiva.
La aplicación de esta figura legal en este caso local muestra su efecto inmediato: la simple concurrencia de imputaciones judiciales en diferentes causas abiertas es suficiente para que el juez considere que existe un riesgo procesal suficiente como para justificar una prisión antes de una eventual sentencia.
De este modo, la decisión judicial no sólo responde al contexto particular del imputado, sino que también refleja un cambio normativo reciente en el derecho penal argentino, que busca responder de manera más estricta ante el fenómeno de la criminalidad persistente antes de la condena judicial definitiva.
Jueves, 14 de agosto de 2025