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Decreto 196/2025
Es oficial: así será la renovación de la licencia de conducir tras modificación de la ley
A través del Decreto 196/2025, el Gobierno confirmó los cambios en el Código de Tránsito que había anunciado meses atrás. Dentro de todo el paquete de medidas se afecta no solo al trámite de la Verificación Técnica Vehicular (VTV) sino también al proceso de importación de vehículos, la obtención y renovación de la licencia de conducir y el funcionamiento de los peajes en todas las rutas nacionales, entre otros puntos. Además, se realizó el primer paso para tipificar la conducción autónoma, con el objetivo de sentar las bases para cuando arribe al país.

Uno de los cambios principales se dio en materia de licencias: se estableció que toda Licencia Nacional de Conducir será válida el país en su versión digital, la cual figura en la aplicación Mi Argentina. A su vez, de ahora en más la versión física es opcional.

El segundo cambio hizo foco en la renovación. El Gobierno planteó la posibilidad de que médicos profesionales puedan prestar el servicio de chequeo de aptitudes psicofísicas que, posteriormente, sería lo único requerido para la renovación de la licencia.

De esta manera, aquellos que porten una habilitación para conducir de tipo A, B y G (particulares), necesitarán la firma de un médico acreditado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para obtener la renovación instantánea sin necesidad de presentarse ante un centro municipal.

Esto genera que a partir de ahora los usuarios podrán elegir a qué centro médico acudir para luego continuar con el trámite de manera digital. En cuanto a la vigencia de las licencias particulares, el esquema quedó configurado de la siguiente manera:

Menores de 21 años: podrán obtener una clase A, B y G con una duración de cinco años.

Entre 21 y 65 años: la licencia podrá ser de cualquier categoría y tendrá una vigencia de cinco años.

Mayores de 65 años: con licencias A, B y G deberán revalidarla cada tres años.

A partir de los 70 años: el trámite es anual.

A pesar de los cambios ,si una persona comete faltas graves durante los primeros dos años luego de sacar la licencia por primera vez, se le suspenderá y tendrá que rendir los exámenes de nuevo, según establece la nueva Ley Nacional de Tránsito.

Por otro lado, en lo que refiere a los permisos para conducir vehículos de traslado de pasajeros y mercadería, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y simplemente con las licencias nacionales de tipo C, D y/o E serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros.

Lo que ocurría hasta la fecha era que la licencia de conducir profesional interjurisdiccional, que habilitaba transporte de carga y de pasajeros entre provincias, era otrogada directamente por la ANSV tras un período de capacitación. Aquellas personas que quisieran obtenerla, debían tramitar una licencia profesional previa en su jurisdicción de origen. “Era una duplicación de la licencia. Lo que se busca ahora es que Nación defina los criterios y se corra de la otorgación”, remarcaron fuentes ministeriales.

“Hay jurisdicciones que ya tienen un sistema así”, explicaron. “Habrá competencia entre médicos y no va a haber un canon. Cualquier profesional o centro médico que tenga la aparatología va a poder registrarse”, ampliaron. La documentación se presentará ante un portal con un funcionamiento similar al sistema de recetas digitales y la persona tendrá la licencia de conducir renovada al instante.

Ahora, una jurisdicción que sea autorizada por la ANSV podrá emitir la licencia de conducir profesional que habilitará al conductor a trasladarse entre jurisdicciones sin la necesidad de tramitar un carnet extra. “Este decreto le da la facultad a la agencia de hacer convenios para delegar sus licencias. Van a seguir siendo de la ANSV, que va a establecer los estándares, pero las entregas las van a hacer las jurisdicciones. Todas las que tengan convenios de licencias nacionales, va a tener validez la profesional”, remarcaron.

En esa línea, otra novedad es que el domicilio real no necesitará coincidir con el de la licencia profesional, por lo que el conductor podrá elegir cualquier jurisdicción en donde tramitar el documento. Entre tanto, las personas que cambien de jurisdicción de vivienda no necesitarán tramitar nuevamente la licencia sino que alcanzará con una actualización de domicilio digital.



LA NACION



Jueves, 10 de abril de 2025

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