Ordenanza 2.056
Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años

La Municipalidad de nuestra ciudad comunica a través de MonteCaserosOnline a los Propietarios y/o Comerciantes, que a la fecha se encuentra plenamente vigente las disposiciones instituidas en la Ordenanza 2.056 del 4 de Septiembre de 2008, en la cual se prohíbe el suministro en forma gratuita u onerosa de bebidas alcohólicas, cualquiera sea su graduación, presentación o preparación a menores de 18 años.
Como así también se encuentra expresamente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas en el horario de 22:00hs a 08:00hs a toda persona, cualquiera sea su edad, en los establecimientos comerciales que giran en los rubros kioscos y/o ventas de productos alimenticios, y que no cuenten con comodidades y habilitación municipal para el consumo de bebidas en el lugar; también rige esta disposición para los comercios habilitados como estaciones de servicios y sus anexos.
“Sr. COMERCIANTE, exhortamos la observancia de esta normativa, reiterando que en caso de detectar incumplimiento de la misma será pasible de sanciones que van desde multa de Pesos Mil ($1.000) hasta el retiro de la habilitación comercial”, informa el Gobierno de la ciudad.
Martes, 6 de marzo de 2012