En la sesión del HCD
Se aprobó el Proyecto de Ordenanza que declara de Servicio Público a la Mutual GALCO
Con reformas introducidas a último momento, el Concejo Deliberante aprobó el Proyecto de Ordenanza que vino a declarar Servicio Público a la prestación fúnebre brindada por la Mutual GALCO, dando marco legal a la asistencia del servicio dentro del contexto del Nuevo Código Civil y Comercial que entrara en vigencia el 1 de Agosto de 2015.
DESPACHO
La ordenanza queda redactada de la siguiente manera.
ORDENA:
Art.1º: Que conforme a lo establece la carta Orgánica Municipal en su art 8 inc. 16, donde se especifica como función y atribución municipal los servicios Público funerarios, siendo esta función prestada por la Asociación Mutual GALCO. CUIT 30-63258275-3 Personería Jurídica Ley 377 Afiliada al Instituto Nacional de Acción Mutual y Cooperativa, Matricula Nº 27,con domicilio real en calle Entre Ríos Nº 556, por un lapso de casi 50 años.-
Art. 2º: Regular las condiciones que debe reunir la o las prestadoras del Servicio Público Funerarios, de acuerdo al anexo que integra la presente.-
Art.3º: La Asociación Mutual GALCO, CUIT 30-63258275-3, deberá adecuar la prestación del servicio al régimen fijado en la presente ordenanza y su anexo, en un plazo de 90 días de promulgada la presente ordenanza, pudiendo el Poder Ejecutivo prorrogar dicho plazo.-
Art 4 º: de forma
Viernes, 6 de noviembre de 2015