Nuevas disposiciones para el calendario nacional El Gobierno definió el criterio para trasladar feriados que caen en fin de semana  Mediante el Decreto 614/2025, se estableció cómo proceder con los feriados nacionales trasladables que coincidan con sábados o domingos. La decisión busca brindar mayor previsibilidad a los sectores productivo, educativo y turístico.
El Gobierno nacional oficializó nuevas disposiciones sobre el tratamiento de los feriados trasladables mediante la publicación del Decreto 614/2025, publicado en el Boletín Oficial. La normativa aclara un aspecto que hasta ahora no estaba contemplado de forma explícita en la legislación vigente: qué sucede cuando un feriado trasladable cae un sábado o domingo.
Según lo dispuesto, los feriados nacionales trasladables que coincidan con fines de semana podrán ser movidos al lunes inmediato posterior o al viernes anterior, según determine la Jefatura de Gabinete de Ministros, organismo designado como Autoridad de Aplicación. Esta decisión se basa en las leyes N.º 27.399 —que regula los feriados nacionales y días no laborables— y N.º 22.520 —que organiza las competencias ministeriales—.
El objetivo central de la medida es garantizar la correcta instrumentación de estos días especiales, evitando que la falta de una regla concreta afecte el cumplimiento del espíritu de la ley. Al mismo tiempo, se busca otorgar mayor previsibilidad a las actividades productivas, educativas y turísticas, tanto en el ámbito público como privado.
En este contexto, el próximo caso en observación es el 12 de octubre, fecha en la que se conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Este año, la efeméride cae en domingo, por lo que podría ser trasladada al viernes 10 o al lunes 13 de octubre, de acuerdo con el nuevo criterio. Aún se aguarda la definición oficial por parte de la Jefatura de Gabinete.
Por otro lado, el calendario de feriados 2025 todavía incluye otras fechas relevantes antes de finalizar el año. En noviembre, los ciudadanos contarán con un fin de semana largo XL, ya que el viernes 21 fue establecido como día no laborable con fines turísticos, seguido por el lunes 24, feriado trasladado en conmemoración del Día de la Soberanía Nacional, originalmente el 20 de noviembre.
Finalmente, en diciembre se destacan dos fechas inamovibles: el lunes 8, Día de la Inmaculada Concepción de María, y el jueves 25, Navidad. Ambas jornadas suelen marcar momentos de alto movimiento en el turismo interno, coincidiendo además con el cierre del calendario escolar y el inicio del receso laboral en varios sectores.
De este modo, el nuevo decreto busca ordenar el esquema de feriados nacionales, garantizando su aplicación práctica y minimizando la incertidumbre sobre su traslado en aquellos casos donde coincidan con el fin de semana.
Jueves, 28 de agosto de 2025
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