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Actualización del piso mínimo
ARCA: cuál es el nuevo monto a partir del cual bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes
El organismo actualizó el piso mínimo que obliga a las entidades a informar transacciones, transferencias, saldos y consumos. Rigen desde el 1 de enero.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) elevó desde este mes el monto de importes a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales deben informar las transferencias, transacciones, saldos y consumos que realizan sus clientes. El ajuste surge de la actualización semestral automática basada en la inflación acumulada en el período anterior.

Este régimen, diseñado exclusivamente para mejorar los controles tributarios, no tiene impacto directo en los consumidores, ya que no modifica sus obligaciones fiscales ni genera costos adicionales.

Las obligaciones recaen sobre las entidades financieras, billeteras virtuales y otras plataformas, que deben reportar ciertas operaciones cuando superan los umbrales determinados a partir de enero de 2025: operaciones por $600.000, ingresos o egresos por $1.000.000 y saldos finales en cuentas por 2.000.000 pesos.

Si bien estos límites no son prohibiciones, sí representan un umbral de alerta para ARCA. A partir de esos montos, el organismo puede solicitar a los contribuyentes la documentación que demuestre el origen de los fondos, con el fin de asegurarse de que provengan de actividades legítimas y declaradas. En otras palabras, por debajo de esos niveles, los movimientos financieros no suelen entrar en el radar de la agencia.

Por otro lado, tampoco es cierto que movimientos por debajo de esos montos puedan hacerse sin justificación. ARCA exige a las financieras informar los movimientos por encima de esos niveles, lo que los hace más fácilmente detectables. Los movimientos por debajo de esos niveles también requieren declaración, pero es más difícil que sean detectados por el regulador.

Operaciones sujetas a información a partir de enero de 2025
$600.000:

Consumos totales realizados con tarjetas de débito en el país.
Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
$1.000.000:

Acreditaciones bancarias totales registradas en un mes.
Depósitos a plazo fijo constituidos durante el mes.
Extracciones en efectivo (por ventanilla, cajeros automáticos o cualquier otro medio) tanto en el país como en el exterior.
Saldos finales en cuentas bancarias y billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
$2.000.000:

Transferencias bancarias o virtuales realizadas exclusivamente desde billeteras virtuales que superen este monto.
¿Qué deben informar las entidades?
Las entidades alcanzadas por esta normativa están obligadas a detallar a ARCA la información relacionada con las operaciones que superen los montos establecidos. Esto incluye datos sobre consumos, movimientos de fondos, depósitos y saldos, tanto en el ámbito bancario tradicional como en el digital.

En el caso de las billeteras virtuales, las plataformas deben reportar no solo los ingresos y egresos, sino también transferencias que involucren montos significativos. Este punto es clave, dado el crecimiento exponencial de las operaciones realizadas a través de estas aplicaciones en los últimos años.

La Resolución General 5512/2024, que dio origen a la actualización que se conoció hoy, fue implementada como parte de una estrategia de modernización fiscal que ARCA viene desarrollando en los últimos años. El objetivo es garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones financieras en un contexto de digitalización creciente y evitar posibles casos de evasión fiscal.

Cabe destacar que este tipo de controles ya existían, pero los montos a reportar se ajustan periódicamente en función de la inflación. Este mecanismo busca que los valores no pierdan relevancia real y continúen cumpliendo su propósito sin generar un exceso de carga administrativa para las entidades alcanzadas.

Si bien la medida no genera obligaciones nuevas para los usuarios finales, sí exige a las instituciones una mayor transparencia y sistematización en el registro de operaciones. El sector bancario y las fintech deberán asegurar que sus sistemas sean capaces de identificar y reportar con precisión las transacciones alcanzadas por el régimen.

En el contexto del auge de las billeteras virtuales y plataformas digitales, estas actualizaciones refuerzan la capacidad de control del fisco sobre el flujo de dinero en el ámbito digital, que muchas veces escapa a los canales tradicionales. En el último año, el volumen de transacciones digitales creció significativamente, favorecido por la adopción masiva de herramientas digitales y la aceleración de la transformación tecnológica en el sector financiero.


Infobae


Jueves, 2 de enero de 2025

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