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A partir del 2021
Impuesto a las ganancias a los trabajadores solteros
Desde enero los casados con cónyuge y dos hijos menores comenzarán a tributar si cobran más de $98.963. Los números surgen a partir de actualizar los valores del esquema del impuesto en un 35,38%, que están atados a la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte)

Con la actualización a partir del 1 de enero de 2021 del 35,38% del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) que se conoció hoy, los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin hijos comenzarán a pagar Ganancias en el caso que cobren más de $74,810 netos mientras que los casados con cónyuge y dos hijos menores deberán tributarlo si perciben más de $98.963 tras los descuentos de jubilación y obra social.
Cabe recordar que la ley 27.346 establece que el Ripte es el índice que se aplica para actualizar todos los años los valores del esquema tributario.

El ajuste del Mínimo No Imponible (MNI) en 2020 fue cercano al 45% y se calcula que unos dos millones de contribuyentes tributaron Ganancias en 2020 si se tienen en cuenta a los asalariados, los autónomos y los jubilados.

“El impuesto a las Ganancias se actualiza automáticamente una vez por año y el índice que se toma es el Ripte que es un índice salarial que toma noviembre a octubre de cada año. Para 2021 se va a actualizar en un 35,37% a partir del 1 de enero. De esta manera, los mínimos no imponibles aumentan en ese porcentaje para todo el año”, confirmó a Infobae César Litvin, tributarista y CEO en Lisicki Litvin y Asociados.

En ese marco, detalló que para los solteros el mínimo no imponible es este año fue de $55.261 mensual y pasará en 2021 a $74.810. En el caso de los casados con cónyuge y dos hijos a cargo el mínimo era $73.710 y pasa a $98.963.

En algunos casos se va a dar que quienes vienen pagando el tributo, como la alícuota es progresiva, van a pagar mayor cantidad de dinero del que empezaron a abonar como consecuencia de la recomposición salarial que va a llegar en algún momento de 2021 (César Litvin)

Litvin advirtió que el Mínimo No Imponible (MNI) del impuesto a las Ganancias rige para todo 2021 y que cualquier recomposición salarial que haya durante el año que viene “va a generar que si el MNI se mantiene igual, una parte de la recomposición salarial va a ir al Estado porque va a generar que algunos de los que están debajo de ese piso pasen a estar por encima”.

“Y en algunos casos se va a dar que quienes vienen pagando el tributo, como la alícuota es progresiva, van a pagar mayor cantidad de dinero del que empezaron a abonar como consecuencia de la recomposición salarial que va a llegar en algún momento de 2021”., añadió.

En ese sentido, planteó: “En primer lugar, la actualización debe ser semestral y no anual, porque a lo largo del año el MNI va a quedar evaporado. En segundo lugar, en vez de usar el índice salarial del Ripte se debería usar el Índice de Precios al Consumidor (IPC)”.

Y agregó que lo tercero a tener en cuenta es que el autónomo es el que viene perdiendo porque tiene mínimos no imponibles inferiores al asalariado. “Si se compara la retribución mensual, el soltero que en caso del asalariado empieza a pagar en $74.810, en el caso del autónomo empezaría a pagar en $41.919. Y el casado con dos hijos y conyugue a cargo, el asalariado empieza a pagar en $98.963 y el autónomo empezaría a pagar en $68.085” cuestionó.

En tanto, según el tributarista Sebastián Domínguez, la Ganancia No Imponible pasa a $167.883, la Deducción Especial a $804.879 y cónyuge a $156.325.

“El empleado soltero con sueldo bruto mensual de $90.135 y neto de $74.813 no paga ganancias. Así como en una familia tipo, una persona casada con dos hijos no paga con un sueldo bruto de $119.236 y neto de $98.966. Además, los casados sin hijos no pagan con un sueldo bruto de $104.623 y neto de $86.838 mientras que un soltero (o cónyuge no deducible) con dos hijos no paga Ganancias con sueldo bruto de $104.748 y neto de $86.941”, dijo el especialista a Infobae.

“Como el Ripte está muy por debajo de la inflación, si los sueldos aumentan por la inflación se terminará pagando impuesto a las ganancias por una supuesta ganancia que no existe. Se paga sobre aumentos nominales que solo mantienen el poder adquisitivo que se tenía con anterioridad”, planteó Domínguez.

El escenario que se proyecta sería de un aumento de la presión tributaria para los empleados durante 2021 (Sebastián Domínguez)

En ese sentido, dijo que esta situación ya sucedió en el pasado y que “es una forma de aumentar la presión tributaria encubierta ya que se dice ´no aumentamos el impuesto a las Ganancias´ pero la realidad es que sí se aumenta al gravar esos aumentos nominales”.

El tributarista coincidió con Litvin al afirmar que deberían ajustar las deducciones y las escalas directamente por la variación del IPC elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).

“Si la inflación se incrementa y se van realizando ajustes de los sueldos por ese efecto durante 2021, cuando la actividad económica mejore se pagara más impuesto ya que el próximo aumento se realizara en enero 2022 con la variación del Ripte. El escenario que se proyecta entonces seria de un aumento de la presión tributaria para los empleados durante 2021”, concluyó.

Asimismo, el tributarista Iván Sasosvky dijo a Infobae que la actualización de ganancias por Ripte mientras los costos devida de ajustan por inflación “genera el solapamiento entre el salario mínimo para no ser pobre y el salario mínimo a partir del cual se tributa ganancias”.

“Si bien el ajuste anual en ganancias hoy es automático, la brecha entre los que tributan y los que no lo hacen es ínfima y eso tiene que ver con el tipo de índice que se usa para ajustar ganancias”, destacó.

Como ocurre habitualmente, antes del cierre de diciembre la AFIP publicará las tablas con las nuevas deducciones que regirán desde el 1 de enero 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, según la variación interanual del Ripte (Remuneración Imponible del Trabajador Estable, que se registró en el SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) hasta octubre último.

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Sábado, 12 de diciembre de 2020

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