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Monte Caseros El Jefe de la Prefectura dio a conocer las medidas de seguridad tras la habilitación de la actividad de la Pesca  El Jefe de la Prefectura Monte Caseros, Orlando Javier Delaloye, informa por MonteCaserosOnLine60 al pueblo en general, con relación a la “Autorización de Realización de Actividades de Pesca Deportiva y Subsistencia” en cumplimiento de la decisión efectuada por el Ejecutivo Provincial y comunicada oportunamente, corresponde a este organismo dar cumplimiento con lo establecido.
“Se habilitará en consecuencia la actividad de pesca en todas sus modalidades, tanto las de carácter deportivo, como así también las de carácter comercial debiendo adecuarse a la modalidad detallada en la parte resolutiva del presente.
ART. 1º: HABILITAR LA PESCA DEPORTIVA EN TODO EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES -de costa, embarcada a remo y embarcada a motor-, únicamente en su modalidad PESCA Y DEVOLUCIÓN..
ART. 2º: LA HABILITACIÓN para el ejercicio de la actividad de pesca deportiva entrará en vigencia desde la hora 00:00 del día 09 de junio de 2020, debiendo practicarse la actividad de pesca con las artes apropiadas para la modalidad implementada con anzuelos sin rebaba. ART. 3°: SE RECUERDA LA PESCA DEPORTIVA podrá ejercerse de JUEVES A LUNES quedando prohibido la pesca deportiva los días MARTES Y MIERCOLES. ART. 4°: SE INSTA a las personas que ejercen la actividad a cumplir con todas las medidas de distanciamiento social vigentes y demás medidas sanitarias a los fines de evitar la propagación del virus.”
“Habiéndose autorizado en todo el territorio de la Provincia la práctica de la pesca de Subsistencia, de costa, se comunica que las especies que pueden ser sustraídas del rio son: Armado: Medida Mínima: 45cm cantidad 5 (Cinco) Piezas por persona, por día. Bagres: Medida Mínima: 20cm cantidad 5 (Cinco) piezas por persona, por día. Boga: Medida Mínima: 45cm cantidad 5 (Cinco) por persona, por día Mandure: Medida mínima: 40cm. Cantidad por persona 5(Cinco) por persona por día. - Moncholos Medida Mínima 30cm Cantidad 5 (Cinco) por persona por día. Palometa: Medida mínima 20cm. Cantidad por persona 10 (Diez) por persona por día. Pati Medida mínima: 70cm. Cantidad por persona 3 (Tres) por día. - Las especies arriba detalladas corresponden a las especies que habitualmente se autorizan para el ejercicio de la actividad de pesca de subsistencia. En lo que hace al distanciamiento según establece el DNU vigente, se deberá tener en cuenta las dimensiones de la embarcación, la cual dependerá de la cantidad de personas permitidas a bordo.”
“Asimismo esta Autoridad solicita a los Pescadores Deportivos que deben dar Salida y Entrada para realizar dicha pesca, munido de toda la Documentación que habilite para su despacho, como así también que los Pescadores de Subsistencia deberán tener el correcto señalamiento de identificación de sus boyas con el número de D.N.I. y APELLIDO, autorizados a un espinel de 50 metros con 25 anzuelos y de costa con línea de mano, de LUNES a LUNES.”
“Cabe aclarar que los días estipulados son los antes mencionados en el presente, y en horarios diurnos de 08:00 a 18:00 Hora”. Altura del Rio en el Puerto Local es de 2,99 Crece Miércoles, 10 de junio de 2020
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