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Decreto
Año Mariano Nacional: Mons. Canecín exhortó a promover la indulgencia jubilar
El obispo de Goya, monseñor Adolfo Canecín, dio a conocer un decreto en el que establece los lugares donde los fieles podrán obtener la indulgencia jubilar en la diócesis, con motivo de la celebración del Año Mariano Nacional. También exhorta a los sacerdotes a “que, con profunda caridad pastoral, promuevan la recepción de la indulgencia”.

El obispo de Goya, monseñor Adolfo Canecín, dio a conocer un decreto en el que establece los lugares donde los fieles podrán obtener la indulgencia jubilar en los siete departamentos de la jurisdicción eclesiástica, con motivo de la celebración del Año Mariano Nacional.

La Conferencia Episcopal Argentina solicitó al papa Francisco la gracia de la indulgencia jubilar para los fieles que tomen parte en las celebraciones que comenzaron el 8 de diciembre y se extenderán hasta igual fecha de 2020, tanto en la catedral basílica de Catamarca, Nuestra Señora del Valle, como en los santuarios marianos y en los templos dedicados a la Virgen María en el territorio argentino.
El decreto que firma el obispo y refrenda el vicecanciller, presbítero José Antonio Castillo, subraya que el Santo Padre Francisco a través de la Penitenciaría Apostólica ha concedido la gracia de la indulgencia plenaria solicitada.

Monseñor Canecín determinó estos lugares de la diócesis para obtener la gracia de la indulgencia jubilar: Departamento de Goya: catedral Nuestra Señora del Rosario y parroquia Nuestra Señora de Itatí.

En jurisdicción de la parroquia San Antonio, de Colonia Carolina, capilla Virgen del Carmen (Isabel Victoria). En el departamento de Esquina: capilla Inmaculada Concepción y capilla Virgen del Carmen (Paraje del Carmen).

En el departamento de Lavalle, estableció que sea en la capilla Nuestra Señora del Perpetuo Socorro y en la parroquia Nuestra Señora de Fátima (Villa Córdoba). En el decanato Uruguay, en el departamento de Mercedes se obtendrá en la parroquia Nuestra Señora de las Mercedes y la cuasiparroquia Nuestra Señora de Itatí.

Asimismo, en el departamento de Curuzú Cuatiá, será en la parroquia Nuestra Señora del Pilar y Monumento de María Auxiliadora. En la jurisdicción de Perugorría, capilla Virgen de Itatí (paraje Palmitas). Departamento de Monte Caseros: parroquia Nuestra Señora del Rosario, parroquia Nuestra Señora de Pompeya y parroquia Nuestra Señora de Itatí (Mocoretá). Departamento de Sauce: parroquia Nuestra Señora del Carmen.

El prelado indicó, además, que las condiciones para obtener la indulgencia plenaria jubilar son: “Los fieles que, con espíritu y actitud de verdadera penitencia y movidos por la caridad, peregrinan a alguno de los centros mencionados, celebrando la confesión sacramental, recibiendo la comunión eucarística y rezando por las intenciones del Santo Padre”.

Aquellas personas con algún impedimento (ancianidad, grave enfermedad, privados de libertad o distancia geográfica) podrán obtener también la indulgencia plenaria, sí, con detestación de cualquier pecado y con intención de cumplir las tres condiciones habituales en la primera oportunidad que le resultase posible se uniesen a las celebraciones jubilares ofreciendo a Dios a través de María, sus dolores y oraciones, ante una pequeña imagen de la Bienaventurada Virgen María.

Incluso aquellos que por un motivo razonable no se encontrasen presentes en la celebración de los sagrados ritos, podrán conseguir la Indulgencia Plenaria si con piadosa intención hubiesen participado de los mismos a través de los medios televisivos o radiofónicos.

Monseñor Canecín exhortó a los presbíteros de la diócesis a “que, con profunda caridad pastoral, promuevan la recepción de la indulgencia y se presten con ánimo pronto y generoso a la celebración de la Penitencia, garantizando, además, la frecuente recepción de la Sagrada Comunión de los enfermos e impedidos”.

“Deseando abundantes frutos personales y comunitarios para toda la diócesis en este tiempo de gracia, los saludo y los bendigo”, concluyó.


Jueves, 19 de diciembre de 2019

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