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Comercio Interior
Cablevisión debe reintegrar plata
La empresa Cablevisión deberá restituir a sus usuarios las sumas que cobró demás en concepto del abono básico mensual entre los meses de enero y marzo de este año, según una resolución tomada por la Secretaría de Comercio Interior.

La resolución establece que el precio del abono básico mensual de Cablevisión -entre los meses de enero y abril- es de 109 pesos y que la diferencia cobrada por este concepto a causa del incremento dispuesto por la empresa a principios de año, "deberá ser restituida al usuario, en tres cuotas iguales y consecutivas, a partir de la factura del mes de abril".

La medida, que lleva la firma del secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, sostiene en sus considerandos que "el Estado Nacional tiene a su cargo la implementación de políticas públicas a los fines de satisfacer necesidades sobre las cuales se sustentan derechos de raigambre constitucional" y cita como ejemplo el artículo 42 de la Constitución "que encomienda a las autoridades la tutela, defensa y protección de los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios".

En tal sentido recordó que el 3 de marzo pasado la Secretaría dictó la resolución número 50 "a los efectos de establecer que las operaciones de comercialización del servicio de televisión paga, deberán efectuarse conforme a las pautas allí fijadas, entre las cuales se encuentra la aplicación de la fórmula para determinar el monto del abono básico de los servicios facturados por los prestadores de los servicios de televisión paga".

La Secretaría de Comercio Interior alude de esta forma a la decisión de la empresa de cable Cablevisión de incrementar el valor del abono básico mensual, que en enero pasado fue ajustado a un promedio de 143 pesos por abonado.

"De acuerdo con los parámetros de razonabilidad previstos, esta Secretaría de Comercio Interior en el marco de su competencia, procede a fijar el precio del abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa Cablevisión S.A, en la suma de pesos ciento nueve ($109), que los usuarios deberán abonar durante los meses de enero a abril de 2011, inclusive", señala la resolución.

Entre otras cuestiones, la dependencia oficial señaló que "el precio fijado en esta medida deberá mantener su vigencia e inmutabilidad sin variaciones, durante el plazo indicado" y que "no podrán modificarse la composición, ni la cantidad de señales que actualmente contiene el abono básico mensual, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada".


Jueves, 10 de marzo de 2011

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