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Sistema de abastecimiento en riesgo
Energía: distribuidoras cuestionan la competencia de la justicia federal sobre las tarifas provinciales
“Es inconsistente”, calificó al fallo la Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA), entidad que agrupa a más de 40 distribuidoras de energía de todo el país. "Los cuadros tarifa ríos ya sancionados en las distintas provincias no deben verse afectados por disposiciones de la Justicia Federal, que resulta incompetente en la materia", aseguraron. De igual modo señalaron que “la medida judicial genera el quiebre de la cadena de pagos en la que se sustenta el sector eléctrico en su conjunto”.

La Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA) advierte que además de inconsistente, el fallo de la jueza federal Martina Forns que suspende la actualización tarifaria, representa grandes riesgos en el corto plazo a la prestación y calidad del servicio de abastecimiento en todo el país.

“Los cuadros tarifarios ya sancionados en las distintas provincias no deben verse afectados por disposiciones de la Justicia Federal, que resulta incompetente en la materia. Más aun cuando estos cuadros tarifarios se establecieron luego de haber cumplido con el proceso de audiencias públicas, u otros procedimientos participativos equivalentes, en el caso de ser exigidos por la legislación aplicable”, expresa la asociación, manifestando preocupación ante esta decisión de la magistrada judicial.

“El sector eléctrico nacional conforma un sistema federal en el que cada jurisdicción (Nacional, Provincial y/o Municipal) define de forma independiente la tarifa que debe aplicar la distribuidora de su ámbito de injerencia”, aclara ADEERA.

La ADEERA está conformada por 47 distribuidoras de energía eléctrica, de origen público, privado y cooperativo, que brindan servicio a 13 millones de clientes en todo el país. En su conjunto operan 400.000 kilómetros de redes y distribuyen más de 113.000 GWh al año, que representa el 97 por ciento del total de la energía eléctrica que se consume el territorio argentino.


QUIEBRE

“La medida judicial genera el quiebre de la cadena de pagos en la que se sustenta el sector eléctrico en su conjunto”, advierte la entidad que agrupa a las distribuidoras. “De no revertirse esta situación se verán comprometidas, en el corto plazo, la prestación del servicio público y su calidad en todo el país, perjudicando directamente a quienes se pretende proteger”, insiste a través de un comunicado público la asociación.

“Ante esta situación, la ADEERA se siente en la necesidad de informar al público usuario del servicio eléctrico de todo el país sobre las inconsistencias y potenciales riesgos de la medida dictada por la jueza federal”, afirma.


SISTEMA DE FACTURACIÓN

“Otro punto que necesita aclaración es la supuesta necesidad de realizar audiencias para el traslado a tarifas del precio mayorista de la energía. La factura que pagan los usuarios del servicio es el resultado de tres ítems: el Precio de la Energía; el Valor Agregado de Distribución (VAD), y los impuestos aplicados sobre los dos primeros”, explica la asociación nacional.

“El precio de la energía es el valor representativo de los costos de generación y transporte a los centros de consumo y es el valor que las distribuidoras pagan por la energía que adquieren de la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (CAMMESA) y que trasladan al usuario final”, describe la entidad representativa de las distribuidoras.

“De acuerdo a la legislación vigente, este valor es definido por la Secretaría de Energía Eléctrica de la Nación, se actualiza cada tres meses y se incluye en la factura sin necesidad de audiencias públicas que lo validen. Y así ha aplicado desde la sanción de la ley 24.065 en innumerable cantidad de oportunidades”, informa.

“Por otra parte el VAD representa la remuneración que perciben las distribuidoras para hacer frente a los costos de operación, mantenimiento e inversiones en las instalaciones”, da a conocer el comunicado público de la asociación.

“Esta decisión judicial afecta directamente al VAD que perciben las distribuidoras EDENOR y EDESUR, desconociendo ajustes aprobados oportunamente por ley. También es necesario resaltar que existen numerosas sentencias judiciales en todo el país que sustentan la opinión contraria a lo sostenido por la decisión que cuestionamos, por poner en peligro el normal abastecimiento energético”, advierte ADEERA.


Fuente: Ministerio de Hacienda y Finanzas


Lunes, 8 de agosto de 2016

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