Ley de confidencialidad Coronavirus: ¿por qué preservar la identidad de los infectados En medio de diversas políticas de prevención impulsadas por el Ministerio de Salud de la Nación para evitar la propagación del Coronavirus, la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP) emitió un comunicado en el que dio detalles de cómo debe tratarse la información referida a los infectados por este virus. De acuerdo con la regulación vigente, los datos de salud revisten la categoría de “datos sensibles” y por eso requieren especial protección.
La AAIP, que tiene bajo su órbita a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, aclaró que, al tratarse de un “dato sensible, la divulgación del nombre de un paciente que padezca de Coronavirus requiere de su consentimiento”.
De acuerdo con el artículo 43 de la Constitución Nacional y la Ley 25.326, que regula la protección de datos personales, se consideran “sensibles” los datos “que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual”.
Los centros de salud y los profesionales de la salud pueden compartirse información acerca de los pacientes con Coronavirus, “siempre y cuando cumplan con el secreto profesional”, esto incluso terminada la relación con el paciente, aclaró la AAIP. La utilización de la información del paciente para fines que no sean médicos también debe hacerse únicamente con el consentimiento de la persona.
El consentimiento, sin embargo, no es necesario para las tareas que cumplen los organismos del Estado. “El Ministerio de Salud de la Nación y los ministerios provinciales se encuentran facultados a requerir, recolectar, cederse entre sí o procesar de cualquier otro modo la información de salud sin consentimiento de los pacientes”, concluyó el organismo.
Cadena de Radios Sábado, 30 de mayo de 2020
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