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Ministerio de Educación Prórroga de inscripciones para los Niveles Primarios y Secundarios, autorización de inscripciones La Ministra de Educación de la Provincia de Corrientes bajo la Resolución 1391 prorroga la inscripción hasta el 11 de mayo para los Niveles Primario y Secundario y por la Resolución 1392 autoriza la inscripción con constancia de título en trámite para los que se recibieron el año pasado y no cuentan aún con el título.
Resolución Nº1391
Visto lo dispuesto en el inciso c) del Decreto Reglamentario del artículo 87 de la Ley Nº3723 – Estatuto Docente, y considerando que la norma citada dispone que a los defectos de la designación del personal interino y suplente para el primer cargo del escalafón de las Escuelas Comunes, para Adolescentes y Adultos, de Jornada Completa, de Educación Especial y demás establecimientos de su dependencia, la autoridad educativa llamará a inscripción desde el 1º al 30 de abril de cada año para el termino lectivo del año siguiente.
Que asimismo el Artículo 115 del Decreto Reglamentario, de la Ley Nº 3723 (Estatuto del Docente) dispone el periodo de inscripción para aspirantes a interinatos y suplencias del periodo escolar siguiente en el nivel secundario del 1º al 30 de abril del año calendario. Que dado que los días del cierre del periodo de inscripción se destacan feriados y la demanda de los docentes que deben cumplir con los requisitos de inscripción se estima convenientemente efectuar la prórroga del plazo enunciado precedentemente y evitar de este modo perjudicar a los docentes aspirante a ocupar un cargo en el próximo periodo escolar.
Que resulta de aplicación las facultades conferidas en el Artículo 6º de la Ley 6233; por ello la Ministra de Educación resuelve:
Artículo 2º: Prorrogar, hasta el día 11 de mayo de 2018, la inscripción ordinaria para interinatos y suplencias correspondiente al Periodo Escolar año 2019, para el primer cargo del escalafón de los Establecimientos Educativos, dependientes de la Dirección de Nivel Secundario.
Artículo 3º: Notificar al Consejo General de Educación a la Dirección de Nivel Secundario y por su intermedio a la Junta de Clasificación del Nivel Primario y Junta de Clasificación.
Artículo 4º: La presente Resolución es refrendada por el Secretario General de este Ministerio
Resolución Nº1392
Visto en lo dispuesto en la Resolución Nº4992 del 05 de diciembre 2017 y considerando que dicha normativa aprueba el calendario escolar para el periodo escolar año 2018 y establece el periodo de inscripción ordinaria, para interinatos y suplencias correspondientes al año 2019, del 1º al 30 de abril para establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación y la Dirección del Nivel Secundario.
Que se han efectuados planteos por docentes, sectores gremiales e instituciones educativas referidas a los inconvenientes administrativos que produjeron demora en la entrega de títulos por parte de los Institutos Superiores, especialmente aquellos localizados en el interior de la provincia.
Que al respecto se estima pertinente dictar una norma de excepción, ante esta situación a efectos que los aspirantes puedan presentar en los organismos competentes la documentación que acredite idoneidad y no se vean perjudicados a ocupar un cargo en el próximo periodo escolar.
Que resulta de aplicación al caso las previsiones del Artículo 10º inciso b de la Ley de Ministerios Nº6.233
Por ello, la Ministra de Educación resuelve:
Artículo 1º: Autorizar la inscripción ordinaria, para interinatos y suplencias correspondiente al año 2019 para establecimientos educativos dependiente del Consejo General de Educación y la Dirección de Nivel Secundario, de aspirantes egresados en el periodo escolar año 2017 y anteriores, mediante la presentación de certificación académica extendida por los Institutos Superiores de la Jurisdicción, las que tendrán validez hasta el 31 de julio del presente año.
Artículo 2º: Notificar al Consejo General de Educación a la Dirección de Nivel Secundario y por su intermedio a la Junta de Clasificación de Nivel Primario y Junta de Clasificación de Nivel Secundario.
Artículo 3º: La presente Resolución es refrendada por el Secretario General de este Ministerio
HACÉ CLIC AQUÍ Martes, 24 de abril de 2018
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